Vizcarra y la exposición al grave peligro tipificado como delito por el Código Penal Peruano

Por: John Allen

Las cosas claras: La Fiscalía sí puede investigar a Martín Vizcarra por homicidio culposo o por lo menos por exponer a grave peligro a los médicos que pudieron ponerse las vacunas que indecentemente dispuso el ex Presidente.

Si una persona hace algo indebido sabiendo que pone en grave riesgo la vida de alguien más… ¿Comete un delito?

El delito se da, cuando el sujeto activo ocasiona la muerte del sujeto pasivo por haber obrado culposamente. El agente obra por culpa cuando produce un resultado dañoso al haber actuado con falta de previsión, prudencia o precaución, habiendo sido el resultado previsible.

El homicidio culposo es cuando se priva de la vida sin que el sujeto activo hubiera tenido la intención de matar, siempre y cuando este daño haya resultado como consecuencia de alguna imprevisión o negligencia.

Para el jurisconsulto y profesor italiano Carrara, el homicidio culposo se da cuando se ha ocasionado la muerte de un hombre por medio de un acto que no esta dirigido a lesionar su persona y del cual podrá preverse.

Silvio Ranieri (de la escuela positiva) nos dice que el homicidio culposo, es la muerte no querida de un hombre que se verifica como consecuencia de una conducta negligente, imprudente, o inexperta o también por inobservancia de leyes, reglamentos, ordenes o disposiciones.

También es importante mencionar que la esposa del ex presidente Martín Vizcarra y todos los que aceptaron ponerse la vacuna serían por lo menos cómplices en este delito.